Personero de los estudiantes
Beatriz Mazeneth
Personera
La función primordial del Personero de Estudiantes es la de promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes en concordancia con la Constitución Política de Colombia, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia del Colegio. Sus funciones son las siguientes:
- Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del colegio, solicitar la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
- Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre amenaza o vulneración a sus derechos y las que formule cualquier personal de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
- Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
- Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
- Participar en el Comité Escolar de Convivencia.